miércoles, 25 de junio de 2014

¡Que viva la Pepa! La Constitución Liberal de 1812, la primera constitución española.


La primera Constitución española se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José; de ahí su conocido sobrenombre de "La Pepa". La Constitución es la más larga, se compone de un discurso preliminar y 384 artículos, que establecen la forma de Estado, de gobierno y los derechos y deberes de los españoles. En ella aparece la idea de “Nación española”, definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin distinción entre los españoles de los dos hemisferios. La Nación unitaria se declara libre e independiente. La forma de Estado sería una monarquía en la persona de Fernando VII, pero parlamentaria, aunque esta forma constitucional pronto el déspota de Fernando acabó con ella.

Con otros Decretos socio económicos (abolición de la Mesta, de la Inquisición, de los gremios, de los señoríos jurisdiccionales, de los mayorazgos, desamortización de tierras comunales) los liberales gaditanos querían realizar reformas para liquidar los fundamentos económico-jurídicos del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden liberal en España. La Constitución de Cádiz es fundamental en la historia de España. Se inspira en la Constitución francesa de 1791 pero es más avanzada y progresista que ella, ya que acepta el sufragio universal y una amplia garantía de derechos, aunque algunos de ellos a día de hoy nos parezcan, desde nuestra perspectiva, del todo insuficientes, como en la Constitución actual.

Sus principios fundamentales son:
 -Soberanía Nacional, el poder está en el pueblo a través de sus representantes en Cortes. -Derechos  Fundamentales del Individuo, como la libertad de expresión y prensa.
 -La Igualdad ante la Ley y el Derecho a la Propiedad.
 -División de poderes: el poder legislativo corresponde a las Cortes, unicamerales y con amplios poderes y el Rey no puede suspenderlas ni disolverlas pero sí sancionar y promulgar las leyes, y conserva el derecho de veto suspensivo temporal. El poder ejecutivo lo tiene el rey, cuya persona es sagrada e inviolable, pero está sometido a ciertos límites; no es responsable, pero sí sus ministros. El poder judicial recae en los tribunales de justicia y se establecen los principios básicos de un estado de derecho, con garantías.
 -Sufragio Universal masculino indirecto. Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por dos años; puede serlo cualquier español mayor de 25 años; pero se requiere disponer de una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios (sufragio censitario)
 -Estado confesional ya que la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.
 -Igualdad ante la ley, todas las personas podrán acceder a un cargo público si su capacidad es adecuada; se valora el talento personal y no el nacimiento o el título
- fin de los privilegios de la sociedad estamental. Es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a la riqueza.
 -Se crea la Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.
 -Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria.

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